Wildfire Recovery Compensation Program: Preguntas clave
Última actualización: 6/1/2026
P: ¿La participación es voluntaria?
R: Sí. Los solicitantes pueden aceptar o rechazar una oferta, solicitar una Evaluación detallada o, en su lugar, presentar una demanda judicial.
P: ¿Presentar un reclamo significa renunciar a mis derechos?
R: No. Y recibir una oferta tampoco significa renunciar a sus derechos. Cualquier vía para obtener una compensación, ya sea a través del programa de SCE, la mediación o una demanda judicial, requiere en última instancia un acuerdo de liquidación que resuelva los reclamos. La diferencia está en el plazo, no en la obligación de llegar a un acuerdo.
P: ¿Cómo afecta el seguro a una oferta?
R: Dependiendo de la situación, la oferta que reciba puede tener en cuenta su seguro. Consulte las preguntas frecuentes y los ejemplos para más detalles.
P: ¿Puedo solicitar una revisión si considero que mi oferta es demasiado baja?
R: Sí. El solicitante puede presentar nueva información o solicitar una Evaluación detallada. La valuación económica puede aumentar, bajar o permanecer igual. Si la Evaluación Detallada tiene como resultado una oferta más baja, el solicitante aún puede aceptar la oferta original de Pago Rápido.
P: ¿Reciben los inquilinos una compensación diferente a la de los propietarios?
R: Los inquilinos elegibles pueden recibir una compensación por sus propias pérdidas documentadas, como bienes personales y gastos diarios adicionales, mientras que los daños estructurales suelen aplicarse a los propietarios.
P: ¿Puedo rechazar una oferta después de presentar un reclamo?
R: Sí. La participación en el Wildfire Recovery Compensation Program (Programa de compensación para la recuperación por incendios forestales) de SCE es voluntaria. Si recibe una oferta y decide no aceptarla, no está obligado/a a continuar. El programa tiene por objetivo ofrecer una alternativa más rápida a las demandas judiciales, pero la decisión de aceptar una oferta es totalmente suya.
P: ¿Si el proceso es simplificado, ¿significa esto que las ofertas son más bajas?
R: No. El objetivo de un proceso simplificado es agilizar la evaluación de los reclamos y de los pagos, no reducir la compensación. El programa fue creado para ofrecer una compensación a la par de los valores acordados para reclamos similares en otros juicios por incendios forestales. Un proceso más rápido no significa una oferta más baja.
P: ¿Es verdad que el programa de SCE ofrece acuerdos por montos más bajos que en un juicio?
R: No. Las ofertas del programa son comparables a los acuerdos alcanzados en otros juicios por incendios forestales. Las ofertas varían entre $15.1 millones para un solicitante con varias propiedades y $15,000 para un inquilino con daños no provocados por el fuego directo. Si bien cada reclamo se evalúa de manera individual, lo que se busca con este programa es presentar ofertas justas y una compensación más rápida mediante un proceso más simplificado que el de los juicios tradicionales.
P: ¿Participaron expertos independientes en el desarrollo del programa?
R: Sí. Consultamos a expertos externos independientes en el desarrollo del programa. De hecho, colaboramos con Kenneth R. Feinberg y Camille S. Biros, quienes son ampliamente reconocidos por su labor en el desarrollo y la administración de fondos de compensación. SCE contrató a RAND, una prestigiosa organización de investigación no lucrativa, para evaluar de forma exhaustiva e independiente la tasación de las propiedades elegibles. La empresa con sede en Santa Mónica publicó su informe y consideró que las estimaciones de los valores de las propiedades antes y después del incendio, desarrolladas por Compass Lexecon, se realizaron de forma cuidadosa y bien ejecutada.
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El programa se rige por los términos y valores establecidos en el Protocolo. Este programa es una iniciativa de acuerdo voluntario que se ofrece a los solicitantes a fin de facilitar un proceso eficaz y justo para resolver los reclamos. La participación en el programa no constituye una admisión de responsabilidad o infracción, y la compañía niega expresamente cualquier responsabilidad por los hechos causantes. Quedan expresamente reservados todos los derechos, defensas y posiciones legales en demandas pendientes y futuras. Este programa se ofrece únicamente como un acuerdo y cuenta con la protección de las leyes aplicables, incluidos los artículos 1152 y 1154 del Código de Pruebas de California.